El artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que todo servidor público debe regirse por un Código de Ética emitido por su institución o su órgano interno de control.
Para darle cumplimiento, el Sistema Nacional Anticorrupción publicó los lineamientos correspondientes en octubre de 2018, y en febrero de 2024 los refrendó en su totalidad. Esto significa que estos lineamientos siguen vigentes y son obligatorios para todos los municipios.
¿Qué contiene un Código de Ética? Es un documento que define los principios y valores fundamentales que deben guiar el comportamiento de los servidores públicos. No es solo un documento decorativo; es una herramienta práctica para la prevención de la corrupción.
Los Órganos Internos de Control de cada municipio deben asegurarse de que su código incluya un catálogo de valores con definiciones claras, y que se promuevan las directrices del artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades.
El Código debe incluir reglas de integridad específicas para cada ámbito del servicio público, y su estructura debe contener cinco elementos:
Uno, disposiciones generales que definan su objeto y alcance.
Dos, los principios rectores del servicio público.
Tres, un catálogo de valores con lenguaje claro e incluyente.
Cuatro, reglas de integridad que ayuden a resolver dilemas éticos concretos.
Y cinco, mecanismos de capacitación y difusión para que no se quede en el papel.